Navarra dispone de la Ley Foral 19/2019 de protección de animales de compañía, desarrollada reglamentariamente por el Decreto Foral 94/2022. Por su parte, el Estado elaboró la ley 7/2023, de protección animal, en vigor desde el pasado mes de septiembre, aunque está todavía pendiente de su desarrollo reglamentario.
¿Qué especies son animales de compañía?
Estas son las especies que SÍ puedes tener como animales de compañía:
- Los perros, gatos y hurones, aunque no vivan en un hogar.
- Los animales domésticos o silvestres incluidos en un listado que la ley estatal concretará en un reglamento.
- Los animales de ganadería cuyo propietario/a inscriba como animales de compañía.
- Las aves de cetrería y los animales de acuario que no sean especies exóticas invasoras o protegidas.
Estas son las especies que NO puedes tener como animales de compañía:
- Animales venenosos.
- Aquellos que puedan dañar a las personas u otros animales.
- Una especie protegida.
- Una especie invasora.
¿Cómo debo identificar a mi perro, gato o hurón?
Es obligatorio identificar a los perros, gatos y hurones con un microchip, e inscribirlos en el Registro de Identificación de los Animales de Compañía de Navarra y disponer de un Pasaporte de Identificación. Esto lo harás por medio de tu veterinario/a.
Puedes consultar el Registro de identificación de animales de compañía de Navarra para:
Para que una persona propietaria pueda inscribir un perro, gato o hurón a nombre de una persona jurídica, que no esté recogida por el artículo 8.7 del Decreto Foral 94/2022 (por ejemplo, titulares de explotaciones ganaderas, criadores/as con núcleo zoológico a nombre de una persona jurídica), debe solicitar una autorización.
Como persona propietaria, ¿qué otras obligaciones tengo?
- Alimentarlos con alimentos sanos y equilibrados. No alimentarlos con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan pasado controles sanitarios.
- Darles un espacio para vivir de acuerdo a su especie y tamaño, con condiciones higiénicas y sanitarias adecuadas.
- Permitirles libertad de movimientos y de ejercicio físico.
- Proporcionales un contacto social adecuado.
- Vacunar anualmente a los perros, gatos y hurones contra la rabia y desparasitarlos periódicamente.
- Realizarles anualmente un control veterinario.
- Cuando tu animal manifieste síntomas de enfermedad o de alguna lesión, debes acudir inmediatamente al veterinario/a y nunca medicarles sin prescripción veterinaria.
- Acudir a un/a adiestrador/a o profesional del comportamiento animal, registrado/a, cuando tu animal presente problemas de conducta y convivencia, especialmente en el caso de los perros. Puedes registrarte aquí como personal adiestrador canino en Navarra.
- Evitar que puedan causar daños a las personas, a otros animales o al medio natural. No debes dejarlos sueltos en lugares públicos o privados de acceso público.
- Respetar las ordenanzas municipales. En el caso de los perros, debes recoger los excrementos y limpiar los orines en la vía pública, conducir al animal con correa…
- Si eres una persona propietaria de un perro considerado potencialmente peligroso, disponer de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 euros.
- Evitar que tu animal se reproduzca sin que tú lo sepas. Si tu perro o tu gato sale libremente a la calle sin tu control, deberás esterilizarlo. En Navarra no es obligatorio esterilizar a los gatos antes de los 6 meses de edad.
Prohibiciones para las personas propietarias
- No puedes tener a un perro o un gato en una terraza de forma permanente.
- No puedes mantener a tu perro atado en un sitio de forma permanente, sino únicamente durante un tiempo corto y por motivo justificado.
- En perros, no puedes usar collares de ahorque, con pinchos o algunos collares eléctricos. Los collares eléctricos, que puedan provocar algún daño al animal, solo pueden utilizarse (y de forma temporal) cuando lo determine un/a profesional veterinario/a o una persona adiestradora.
- No puedes realizar una cirugía para modificar la apariencia de un animal de compañía, como cortar las orejas o la cola de un perro. Solo es posible si lo considera necesario un/a veterinario/a por razones médicas y lo justifica con un certificado.
- No puedes ausentarte de tu hogar y dejar a tu mascota sin supervisión durante más de 3 días consecutivos. En el caso de los perros, este plazo no puede ser superior a 24 horas consecutivas.
Las sanciones por incumplimiento de alguna obligación o prohibición de la ley foral o estatal de protección de animales van desde el apercibimiento a multas de 200 a 200.000 euros.
Si la infracción se considera un delito (por ejemplo, por maltratar, abandonar o matar a un animal), la causa irá a la vía penal.
Acceso a negocios de hostelería, edificios públicos y transporte público
- El acceso a los negocios de hostelería depende de la ordenanza municipal de cada lugar. Esos negocios no tienen obligación de permitir la entrada pero, si no la permiten, deben indicarlo mediante un distintivo visible desde el exterior.
- A los edificios públicos se puede acceder si no está expresamente prohibido y así se indica de manera visible a la entrada del edificio.
- También pueden viajar en transporte público siempre que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, sin perjuicio de lo que digan las ordenanzas municipales.
¿Qué obligaciones tengo con las colonias felinas?
- Los gatos que viven en colonias felinas son considerados animales de compañía, por lo que están protegidos por la ley de la misma manera que cualquier otro animal.
- Debes respetar la integridad, seguridad y calidad de vida de los gatos que integran una colonia.
Cría, compra y adopción de animales
Cría:
- En Navarra, para criar de forma comercial es necesario estar inscrito/a en el Registro de centros de animales de compañía. Puedes inscribirte aquí como centro de cría.
- Puedes tener una camada en tu hogar, pero respetando las limitaciones que marca la ley, como la prohibición de vender los cachorros.
Compra:
- Puedes comprar animales en una tienda siempre que no estén prohibidos. Aunque, a partir del 29 de septiembre de 2024, los perros, gatos y hurones solo se podrán comprar en el centro de cría donde nacieron.
- Está prohibida la compra de animales por internet. Solo los puedes adquirir en centros de cría registrados o tiendas autorizadas.
Adopción:
- Puedes hacerlo en un centro de protección público. En Navarra existen tres centros públicos:
- A través de una asociación protectora registrada.
- A través de una tienda de animales que tenga un acuerdo de colaboración con una asociación protectora. La tienda no te puede cobrar por ese servicio, sino que lo hará la asociación por los gastos veterinarios (identificación, vacunación…).
Eutanasia y sacrificio
La legislación prohíbe dar muerte a un animal de compañía. En los siguientes casos se permite la eutanasia y el sacrificio:
- La eutanasia está permitida si la realiza un/a veterinario/a, bajo su criterio, para evitar al animal un sufrimiento innecesario o por una lesión que no le permita tener una calidad de vida aceptable.
- El sacrificio está permitido en situaciones de seguridad de las personas o animales, riesgo a la salud pública o situaciones de emergencia, si está justificado y está autorizado por una autoridad competente.
¿Qué debo hacer…?
- …en caso de que el animal se extravíe: denunciar o comunicar su pérdida a una autoridad competente antes de hayan transcurrido 48 horas.
- …si el animal fallece: entregar su cuerpo a una empresa autorizada para que lo incinere. La empresa deberá entregarte un justificante. Con ese justificante, debes acudir a un veterinario/a para que dé de baja a tu mascota en el Registro de identificación.
Descarga la guía
Si quieres acceder a más información sobre la normativa estatal y foral, que ahonda en las preguntas frecuentes sobre animales de compañía, también puedes consultar el siguiente documento realizado por el Gobierno de Navarra: